35 Decreto estatal Se dota de instrumentos estatales de gestión, operación y financiamiento para el desarrollo de la Reserva Territorial Atlixcáyotl-Quetzalcóatl, a partir del decreto que crea un Fideicomiso Público para la Administración de Inmuebles y Ejecución de Obras Públicas en la Reserva Territorial Atlixcáyotl-Quetzalcóatl.2 Imagen 2. Reserva Territorial Atlixcayot. Fuente: elaboración propia. Instrumento de gestión El decreto que crea el fideicomiso que administra los inmuebles y la ejecución de obras públicas de la reserva trata dos puntos importantes: 1. Se indica que este Fideicomiso funcionará como una entidad Administrativa Pública Paraestatal, y 2. Se indican objetivos del Fideicomiso Público de la Reserva Territorial Atlixcáyotl-Quetzalcóatl, permitiendo autorizar contratos o actos de administración sobre ella, con fines habitacionales, comerciales y de equipamiento en conformidad con los destinos establecidos en el Programa Subregional de Desarrollo Urbano vigente de los Municipios de Cuautlancingo, Puebla, San Andrés y San Pedro Cholula. El gobierno se reserva el derecho de readquirir los bienes que formen parte del patrimonio fideicomitido.3 2 Gobierno del Estado de Puebla 2000-2001, Orden Jurídico Poblano. Se autoriza la creación de un Fideicomiso Público para la Administración de Inmuebles y Ejecución de Obras Públicas en la Reserva Territorial Atlixcáyotl-Solidaridad, 20 de enero de 1999. 3 Inciso reformado el 19 de mayo de 2003, posteriormente, el 18 de agosto de 2004. Decreto que crea Modificación al Programa de Ordenamiento Territorial El sometimiento al mercado A finales del periodo de gobierno de Piña Olaya, la Modificación Parcial del Programa de Ordenamiento Territorial de la Región CholulaHuejotzingo-San Martín Texmelucan en 1990, constituye el punto de quiebre de la planeación en relación con la zona poniente y muestra vergonzosamente la sumisión a los intereses inmobiliarios… (Cabrera, 2008:39). En el apartado destinado a programas específicos, el Programa de Desarrollo Regional Angelópolis plantea la obligación de conferir un uso correcto a las 1 081 hectáreas que fueron expropiadas, para llevar a cabo la reserva territorial, cuyo nombre en ese momento aún era Atlixcáyotl-Solidaridad: […] es preciso dar un uso adecuado a estas extensiones, integrándolas al proyecto Angelópolis para así atender al desarrollo urbano y social de la región […] en el cumplimiento de este precepto, en estas reservas habrá de establecerse un desarrollo urbano que cumpla estrictamente con los objetivos que se señalan en el decreto expropiatorio correspondiente. Entre dichos objetivos destacan el ordenamiento del crecimiento de la zona metropolitana de la Ciudad de Puebla, y la dotación de vivienda media y de interés social y los servicios urbanos correspondientes.4 A este respecto, entre las consideraciones del acuerdo en el que se modifica parcialmente el Programa de Ordenamiento Territorial de la Región Cholula-Huejotzingo-San Martín Texmelucan, se plantea: un Fideicomiso Público para la Administración de Inmuebles y Ejecución de Obras Públicas en la Reserva Territorial Atlixcáyotl-Quetzalcóatl. 4 Gobierno del Estado de Puebla. Programa de Desarrollo Regional Angelópolis, Puebla, 1997:21.
RkJQdWJsaXNoZXIy MTY4MjU3