Rúbricas Número Especial

41 Cuadro 1. Malas y buenas prácticas de investigación en caso de desaparición de personas Malas prácticas Buenas prácticas - Posponer la investigación 24 o 48 horas después y a condición de la ratificación por el familiar - Levantar constancia de hechos y esperar un nuevo evento para elevar la averiguación - Imponer un trámite mediático entre las autoridades y los familiares - Limitar la participación de los familiares en las diligencias - Mantener la búsqueda en privado - No brindar apoyo psicológico a los familiares - Negarse a la búsqueda si han tenido contacto con la víctima. -Reporte a las autoridades lleva a la búsqueda inmediata de la víctima -Derecho a interponer una denuncia -Ya interpuesta, el mp inicia carpeta de averiguación. Brinda una copia al familiar -El policía ministerial encargado de las averiguaciones debe estar en contacto con los familiares -El familiar puede solicitar diligencias (que interroguen a ciertas personas, revisen lugares, etc.) -Derecho a la coadyuvancia -Derecho a cambiar al mp si no estás conforme -La autoridad debe hacer un volante y distribuirlo -Derecho a asistencia psicológica a familiares durante el proceso -La búsqueda continúa aun si la desaparecida se comunica por teléfono. Fuente: ovsg-Puebla-uia (2012), Informe de Mujeres Desaparecidas en el Estado de Puebla, 2005 a 2009. Es necesario resaltar que las primeras 48 horas son vitales para dar con una mujer desaparecida, en este sentido el Protocolo de Alba se distingue por iniciar la investigación de inmediato, sin que transcurran las 48 o 72 horas requeridas en un mp común. También resulta urgente, como se recomienda en la sentencia de Campo Algodonero, una coordinación entre autoridades federales, estatales y municipales para la atención, reacción, coordinación y vinculación ante desaparición, además de la obligación de las autoridades de conocer plenamente el proceso de denuncia e inicio de la investigación. Consideraciones finales Mientras la respuesta de las autoridades sea la evasión mediante el señalamiento de las víctimas, o dejar a los familiares el peso del aporte de las pruebas de la comisión de un delito, poco se va a hacer para obtener una respuesta eficiente ante los hechos de la desaparición. Urge que las autoridades establezcan reglas procedimentales, bajo el esquema de una debida diligencia desde la perspectiva de los derechos humanos, ante el hecho de la desaparición, y que generen estadísticas por sexo y de violencia con perspectiva de género, para tener en cuenta y hacerse responsables de los riesgos que sufren las mujeres que habitan dentro de un determinado territorio. Cabe mencionar que el 8 de febrero de 2012, el procurador general de Justicia del estado de Puebla, Víctor Antonio Carrancá Bourget, anunció (E-Consulta, 8/2/2012) que, de acuerdo con los resolutivos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Puebla ya cuenta con cuatro proyectos de protocolos en la materia: 1) el Protocolo para la Búsqueda y Localización de Mujeres Desaparecidas; 2) el Protocolo para la Investigación de Delitos Cometidos con Violencia Sexual en Agravio de Mujeres; 3) el Protocolo para la Investigación de los Delitos y Homicidios Dolosos en contra de Mujeres, y 4) el Protocolo para la Investigación en Materia de Trata de Personas. Hasta el momento de entregar este artículo, dichos protocolos no se encuentran publicados todavía en la página web de la Procuraduría; seguiremos en la espera de observar su contenido e implementación. A nosotras, como promotoras de los derechos humanos, además de apoyar en la difusión de estos protocolos, nos corresponde seguir insistiendo en la prevención de la violencia desde el combate de la desigualdad, para que hombres y mujeres no se involucren con la delincuencia ni tengan que desaparecer “voluntariamente”. Bibliografía Comisión Nacional de Derechos Humanos (2010), Armonización de la Legislación de las Entidades Federativas Respecto a los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos, México. Dávila, Patricia (2011), “Pura Estadística” en Proceso, revista semanal, núm. 1811, 17 de julio de 2011, México, 6-11. Díaz, Gloria Leticia (2011), “Clamor por los desaparecidos” en Proceso, revista semanal, núm. 1798, México, 10-12. Programa de Género y vih (2011), “Mujeres Desaparecidas y Trata en Puebla” en Hacerse cargo de la realidad. Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría, sj, Universidad Iberoamericana Puebla, México. Programa de Género y vih (2011), “Mujeres Desaparecidas y Trata en Puebla” en Hacerse cargo de la realidad, Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría, sj, Universidad Iberoamericana Puebla, México. Red de Investigadoras por la Vida y la Libertad de las Mujeres (2010), Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y Peritaje del Caso Campo Algodonero vs. México, Serie por la Vida y la Libertad de las Mujeres, México. Turati, Marcela (2011a), “Las desaparecidas de Juárez” en Proceso, revista semanal, núm. 1813, 31 de julio de 2011, México, 11-13. _______ (2011b), “La descomposición nacional”, en Proceso, revista semanal, núm. 1798, 17 de abril de 2011, México, 6-9.

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