21 de 2008, se inscribe en ese esfuerzo gubernamental. Algo similar ha ocurrido en la mayoría de las entidades federativas, que han hecho ajustes y adecuaciones a sus códigos penales en tiempo reciente y unas pocas han legislado específicamente sobre la trata. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos estableció un programa específico sobre la materia. Dicho de esta manera, hay motivos para sentir cierta tranquilidad. Vamos avanzando. Aunque con pasos desiguales, si tomamos en cuenta otras consideraciones. En efecto, la Ley federal tiene sus méritos, el primero de ellos, su existencia. Pero también ha recibido diferentes críticas que me voy a abstener de argumentar en detalle. Enunciaré algunas: 1) limitaciones en su formulación, a la luz del conocimiento internacional; 2) porque no se han hecho aún adecuaciones necesarias a otras leyes vinculables, lo que no es una limitante propia de la ley sino una tarea aún no realizada en el Legislativo, que ciertamente reduce el alcance de la norma; y 3) porque no se han incorporado otras figuras complementarias a la Ley de referencia que, como en el caso anterior, constituye una labor legislativa pendiente. Adicionalmente, en la ley se observa un mayor desarrollo en aspectos relativos a la explotación sexual y a menores en explotación laboral. En cuanto a las entidades federativas, poco más de 2/3 partes ya modificaron sus códigos penales, lo que resalta el énfasis en el aspecto punitivo y denota la ausencia de fortalecimiento de lo social; del resto se espera hagan lo propio en un futuro cercano. Empero, quienes ya lo hicieron apelaron a tal diversidad de elementos que la resultante es una heterogeneidad en las conductas sancionables, en los medios comisivos, en los fines y, en consecuencia, en el régimen de sanciones.1 Esta diversidad puede 1 Un análisis sobre el particular fue elaborado por Sadot Sánchez Carreño, “Legislación nacional contra la trata de personas” en Rodolfo Casillas R. (coord.), La trata de personas en México. Situaciones presentes y potenciales de las mujeres, niñas, niños y adolescentes México, Cámara de Diputados, Comisión de Equidad y Género, 2009, pp. 156-185. conducir a una especie de impunidad desde la ley, de ahí que habrá que hacer esfuerzos hacia la complementariedad y no avanzar más en la atomización, tanto por quienes ya iniciaron el proceso de actualización como por los que están por hacerlo. Con los elementos aquí vertidos se puede valorar la importancia de la Comisión especial para la lucha contra la trata de personas, creada por la actual legislatura de la Cámara de Diputados y que, sin duda, será de vital importancia también para la Comisión Intersecretarial. El Foro en que presento estas reflexiones constituye una excelente plataforma para impulsar la suma de esfuerzos sociales e institucionales y permite la presentación de propuestas que ayuden a rectificar el camino donde resulte necesario hacerlo. Dentro del país, en ámbitos legales, hay mucho más por hacer. Esta diversidad de problemáticas, sin embargo, no se limita a su dimensión nacional y jurídica. Para su debida apreciación y atención hay que tomar en cuenta sus componentes internacionales. Incluso en aquellos casos que tienen notoria connotación interna. Procesos delictivos como la trata tienen perfiles sociales que requieren del análisis comparativo por regiones para ser justipreciados, tanto dentro de México, como de éste con regiones de otros países. En ese sentido, Palermo es un referente, pero hay otros referentes más, de alcance regional que pueden ser enriquecidos. A continuación me dedicaré a alimentar ese horizonte de actuación posible. Hay dos señalamientos que al invocarlos pareciera que llegamos al final del camino y no se puede hacer más nada cuando se dice: 1) es un hecho multicausal y de gran complejidad, o 2) México es país de origen, tránsito y destino de flujos internacionales de personas, mercancías y productos prohibidos. En consecuencia, pareciera que sociedad e instituciones estamos obligados a presentar excusas por el actuar contradictorio, ineficiente e insatisfactorio, a aplicar placebos o políticas públicas de corto alcance. Pero no tiene que ser necesariamente así. Lo que para algunos es el fin, para otros es el punto de arranque. Presento algunos argumentos para que nos ubiquemos en el segundo grupo. Para empezar, hoy todos los hechos sociales son multicausales, dentro y fuera de México, y prácticamente todos tienden a mayor grado de complejidad, según actores, recursos y circunstancias. Por las facilidades para acceder al conocimiento globalizado, todos (personas, grupos, sociedades) se apoyan en aquello que les es posible, de manera legal o no, a saber, para hacer su propia historia. Y lo que para muchos es desventaja (ser origen, tránsito y destino) brinda a México una oportunidad que muy pocos países pueden tener, al conocer por experiencia propia, las particularidades de cada una de esas tres grandes migraciones internacionales y, en consecuencia, dialogar desde esa plataforma múltiple con distintos interlocutores de experiencias menos complejas. Todavía nos falta camino por recorrer para justipreciar lo promisorio de la complejidad y multicausalidad y no dejarnos abrumar por ellas. En materia de trata de personas, en el mundo podemos encontrar situaciones nacionales parecidas a la descrita para México, con avances desiguales, con tareas pendientes, con plataformas de acción pública en construcción y con insuficiente claridad conceptual. Si observamos en particular, por ejemplo, lo que ocurre en otros países de América Latina en relación con la trata de personas, no estamos a la zaga,2 pero podemos ir a la vanguardia. En cierta medida, México, al tener la posibilidad, también tiene la obligación de ir adelante. Ejemplos: en los últimos 20 años, para no ir más atrás, del total de intercambios comerciales de México con el mundo, sólo el 1.3% los realizó con Centroamérica, tan distante de nuestras prioridades en 2 Véase, por ejemplo, Organización Internacional para las Migraciones. La trata de personas en Argentina, Chile y Uruguay. Estudio exploratorio sobre la trata de personas con fines de explotación sexual en Argentina, Chile y Uruguay, 2008, Organización Internacional para las Migraciones, 330 pp.
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