Rúbricas 6

47 La Ley evoca necesariamente la primera construcción de corporativismo estatista del fascismo italiano según la ley de 1926. Al respecto, Francisco Frola explicaba un conjunto de rasgos que caracterizaron dicho corporativismo. Forzó la integración dentro del Estado de todas las actividades y profesiones, estableciendo monopolios de organización y representación. La Ley del 3 de abril de 1926, tenía como objetivos el reconocimiento jurídico de los sindicatos y su dependencia del control estatal y someterlos a contratos obligatorios para todos los trabajadores, afiliados o no. Suprimida la autonomía de las organizaciones, la ley definió la forma organizativa en sus estatutos, los cuales eran aprobados por decreto. Imponía la creación de órganos centrales de coaligación (“órganos de vinculación”) jerarquizados, con el propósito de establecer la colaboración de las corporaciones (organizaciones sociales) con el Estado. Estableció el reconocimiento obligatorio de una sola organización por cada categoría, que representaba a todos los trabajadores ocupados en cada actividad. Las organizaciones se articulaban desde lo local a lo nacional, en federaciones y confederaciones, con poderes disciplinarios sobre las asociaciones afiliadas y los miembros individuales. Las corporaciones se consideraban “órganos de la Administración Estatal”. El Decreto sobre las Corporaciones de julio de 1926, obligó a las organizaciones a formar asociaciones de “primer grado” y de grado superior (federaciones y confederaciones), y a delimitar una jurisdicción territorial. Un criterio discriminatorio separó a las organizaciones con reconocimiento jurídico de otras “autorizadas”, éstas podían subsistir de hecho, pero no tenían ningún derecho legal.4 La intención corporativa en la less Muchos de los mencionados aspectos de integración corporativa al Estado están presentes en la Ley de Economía Social y Solidaria en la versión de 2012, otros rasgos corresponden al modelo neocorporativo, por ejemplo, los dirigentes no son designados por el Instituto Nacional de Economía Social (ines), pero en su lugar crea una interlocución privilegiada; la afiliación al ines es libre, pero es la única vía para obtener las prestaciones, subordinando a los beneficiarios al plan gubernamental; condena a los colectivos autónomos a una existencia marginal sin derechos ciudadanos. En la primera edición, la less se arroga la facultad de diseñar la estructura de encuadramiento de las organizaciones sociales y excluye absolutamente cualquier control de las organizaciones sociales sobre el Instituto de Economía Social. La versión 2012 de la less autorizaba inventariar toda organización del “sector” en el país, aunque sólo abarcaba aquellas acogidas a sus prestaciones; imponía el registro obligatorio, excluyendo a todas las que no lo hicieran. Construyó una estructura piramidal obligatoria por ramas de actividad y regiones geográficas en 4 Frola, op. cit., pp. 76-77. Cassigoli, op. cit., pp. 185-186, 53-55, 87-88. Fotografía: Andreas Lehner 2013

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