Rúbricas Número Especial

35 A las 9:40 de la noche Carmen llamó a su casa para avisar que iba para allá, pero nunca llegó. Sus familiares, preocupados, llamaron a su celular toda la noche y éste remitía al buzón. En la madrugada siguiente, un hombre llamó un par de veces, avisaba que ella estaba bien y colgaba. A lo largo de todo ese día, continúan recibiendo llamadas de este hombre, pero no consiguen comunicarse con ella. El tercer día, los familiares acuden a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla y a la Presidencia de la Junta Auxiliar correspondiente a su domicilio; en ambas instancias les dicen que no podían hacer nada porque no les correspondía y ella ya era mayor de edad. Ante su insistencia, los envían a un Ministerio Público (mp) y éste los remite a la Agencia del Ministerio Público Especializada en Delitos Sexuales y Violencia Intrafamiliar de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla, localizada en el centro de la ciudad. Llegan a esta Agencia hasta el cuarto día donde no pueden iniciar ningún trámite sino hasta proporcionar fotografías de la desaparecida y testigos de las llamadas telefónicas. Al quinto día uno de los familiares acude por segunda vez a la Agencia Especializada, con las fotografías solicitadas y acompañado por los testigos. Ahí, se acerca a una abogada para preguntarle cómo hacía para levantar una denuncia, y la agente, le preguntó que para empezar quién era él y qué quería, el familiar narra los hechos, la agente le dice que “ahorita no podría atenderlo”, si quería en dos horas, porque había mucha gente. Dilata hora y media en la sala de espera, hasta que es atendido. Levanta la denuncia y el trámite para levantarla duró otra hora y media. La agente del Ministerio Público dijo que se giraría el oficio y un agente judicial se encargaría de la averiguación. Citan al familiar para el día siguiente, pero después de cinco días de ausentarse del trabajo, por motivos laborales, el familiar no pudo acudir. Al séptimo día de su desaparición, entre las 1:00 y 2:00 pm, Carmen contesta el teléfono móvil, habla con su madre, avisándole que se encuentra bien, entonces el familiar acude a la Agencia con la intensión de retirar la constancia de hechos; le dijeron que Carmen tenía que presentarse personalmente para hacer una nueva acta que anule la anterior, de lo contrario la denuncia seguiría activa. No se sabe qué pasó con Carmen después. Anahí Espíndola Pérez Investigadora del Observatorio de Violencia Social y de Género, Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría sj, Ibero Puebla

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