Rúbricas Número Especial 3

56 Otoño 2014 Violación a derechos de migrantes repatriados en México: políticas de protección Más de tres mil personas que han sido deportadas o repatriadas a México por la frontera Tijuana-San Diego habitan en El Bordo –nombre con el que se conoce la sección de la canalización del río Tijuana más cercana a la frontera– en condiciones infrahumanas, sin posibilidades de acceder a un trabajo estable, víctimas de la violencia del crimen organizado, del abuso de los cuerpos policíacos y del rechazo de la comunidad; sin dinero, sin papeles y sin identidad. El Consejo Internacional de Políticas de Derechos Humanos (ichrp, por sus siglas en inglés) en 2010 emitió un Informe de Política titulado Migración irregular, Tráfico Ilícito de Migrantes y Derechos Humanos en donde se sostiene que cualquier política que pretenda abordar el problema migratorio debe contemplar en detalle las causas y los contextos en que ocurre la migración, tomando en cuenta la totalidad de la jornada migratoria: antes de la partida, durante el tránsito, en la frontera, dentro del país de destino y al regresar al país de origen (ichrp, 2010). La inseguridad de los trabajadores migrantes y las violaciones constantes a sus derechos fundamentales ejercidas por los cuerpos policíacos de ambos países, suscitaron encuentros de las autoridades de México y Estados Unidos con el fin de implementar acciones y estrategias binacionales, encaminadas a respetar y proteger los derechos humanos de las personas migrantes. Es el caso de la Declaración Conjunta de los Presidentes de Estados Unidos y México, emitida el 6 de mayo de 1997, por la cual ambos países se comprometieron a respetar el Memorándum de Entendimiento sobre Protección Consular de Nacionales de México y de Estados Unidos, suscrito el 7 de mayo de 1996, y el Acuerdo denominado Procedimiento para la Repatriación Segura y Ordenada de Nacionales Mexicanos, en diciembre de 1997. Sin embargo, son acuerdos que se quedaron en la órbita de los buenos propósitos pues, en la práctica, las autoridades de ambos países que deben llevar a cabo estos procesos han violado sus propios acuerdos. Ante el aumento de deportaciones masivas, el gobierno federal de Felipe Calderón estableció, en 2007, el Programa de Repatriación Humana (prh), para brindar ayuda de diferente tipo a personas que han sido repatriadas. Esto inició en marzo de 2008 con un programa piloto en la ciudad de Tijuana, Baja California, donde ha destacado la labor de organizaciones de la sociedad civil que lo llevan a efecto. Este programa ha sido eficiente en su calidad de primera acogida, sin embargo, los albergues constituyen su única red de apoyo, y cuando superan el periodo de estancia y deben abandonarlo, son perseguidos por la policía y las bandas organizadas de criminales. Además, sin dinero para sobrevivir y sin documentos que les permitan conseguir trabajo, son discriminados por sus propios compatriotas y, sin posibilidades de regresar a su lugar de origen, no tienen más opción que vivir en el canal que recoge las aguas residuales para llevarlas al mar, en la zona fronteriza conocida como El Bordo. Actualmente, más de tres mil personas que viven en El Bordo han sido objeto de violaciones a los derechos humanos; fueron repatriadas a México luego de haber sido detenidas en la calle, en sus centros de trabajo o en sus hogares, después de un periodo de reclusión en centros de detención durante varias semanas e incluso meses, en el caso de aquellas personas que tuvieron un juicio legal de deportación. Las condiciones en las que viven son infrahumanas. Las violaciones a los derechos humanos de migrantes deportados a México se encuentran documentadas en el 2º Informe del Programa de Defensa e Incidencia Binacional (pdib, 2013), en el cual participan la Coalición Pro Defensa del Migrante A.C. en Baja California Norte; la Red de Casas ymca para Menores Migrantes (niños, niñas y adolescentes); Fig. 1: Elaboración propia a partir de los datos asentados en Pew Hispanic Center. Unauthorized Immigrant Population: National and State Trends, 2010. 15 % 35 % 28 % 22 % 15 años o más 10 a 14 años o más 5 a 9 años menos de 5 años Duración de residencia por adultos indocumentados 2010

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