Rúbricas Número Especial 3

29 Roberto Giacomán Gidi Acdémico de la Universidad Iberoamericana Torreón Introducción El acceso a la justicia ha sido un tema relevante sobre el cual ya se ha discutido mucho, en México y en el ámbito internacional, desde la perspectiva de los derechos humanos. No obstante, en los últimos años se han llevado a cabo una serie de transformaciones en el sistema jurídico mexicano que reconfiguran completamente la forma de entender el derecho de acceso a la justicia. A partir de la reforma constitucional en materia de derechos humanos1 y en lo que respecta a sus garantías, especialmente el juicio de amparo, el acceso a la justicia ha cambiado considerablemente. Podríamos afirmar que se trata del acceso a una nueva justicia, con una nueva lógica y con principios distintos que funcionará, en gran medida, según el derecho internacional de los derechos humanos. En los siguientes apartados expondremos los tres aspectos que nos parecen más relevantes sobre esta reforma en materia de derechos humanos y las razones por las que consideramos que implican un cambio importante en materia de acceso a la justicia. El acceso a la justicia como un derecho humano El tema del acceso a la justicia puede analizarse desde diversas perspectivas: desde el derecho constitucional, el derecho administrativo, el derecho procesal o, incluso, desde la sociología del Derecho. Sin embargo, como afirman Héctor Fix y Sergio López-Ayllón, el acceso a la justicia desde los años sesenta “se ha convertido en un tema de gran relevancia en el contexto de la evolución del llamado Estado de bienestar”.2 De esta forma, el acceso a la justicia se ha manifestado en un movimiento para hacer efectivos los derechos de las personas y, al mismo tiempo, se ha configurado a sí mismo como un derecho humano.3 El profesor Elías Díaz, en su obra Estado de derecho y sociedad democrática, publicada en los años sesenta, enunciaba ya, en su construcción teórica sobre el Estado de Derecho, la importancia de la garantía jurídicoformal y de la efectiva realización material de los derechos y libertades fundamentales: 1 La Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos se aprobó el 10 de junio de 2011 y entró en vigor al día siguiente. 2 Fix, Héctor y López, Sergio (2001). “El acceso a la justicia en México. Una reflexión multidisciplinaria”, p. 112. En Valdés, D. y Gutiérrez, R. Memoria del IV Congreso Nacional Constitucional I, México: Justicia. 3 El acceso efectivo a la justicia “se puede considerar, como el requisito más básico –el ‘derecho humano’ más fundamental– en un sistema igualitario moderno, que pretenda garantizar y no solamente proclamar los derechos de todos”. Cappelletti, Mauro y Garth, Bryant (1996). El acceso a la justicia. La tendencia en el movimiento mundial para hacer efectivos los derechos, trad. de Mónica Miranda, México: Fondo de Cultura Económica. pp. 13 y 14.

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