Rúbricas Número Especial 3

61 Nacional de Población (conapo),10 y donde se han establecido procesos de exigencia de los derechos económicos, sociales y culturales. Según las propias organizaciones que trabajan violencia de género, no existen mecanismos reales de participación de la sociedad civil en las decisiones estratégicas que les implican. Un ejemplo de esto es que el mecanismo para analizar la alerta de género no satisface los estándares internacionales y el grupo de trabajo que analiza las solicitudes ha excluido a organizaciones y a víctimas, lo que es considerado una falta de autonomía y de legitimidad frente a la sociedad.11 En lo referente a Jalisco, la segunda entidad federativa de la investigación, cuenta con más de siete millones de habitantes (7 350 682 habitantes), siendo el cuarto estado más poblado a nivel nacional. Según el Índice de Desarrollo Humano (idh) del pnud, Jalisco se encuentra en el decimoquinto lugar. Aplicando el mismo esquema de censo oficial sobre organizaciones sociales, Jalisco cuenta, según el Indesol, con 716 activas y en lo que respecta a trabajo en género y/o derechos humanos reporta 135 en total. Al igual que en el caso de Guanajuato, este número no necesariamente representa un contrapeso crítico con respecto a la forma de actuar de los gobiernos en turno. Jalisco es una entidad federativa con amplia historia de participación social y comunitaria que data de la década de los ochenta y que ha mostrado varias etapas en su evolución, que va desde el trabajo municipal12 hasta el trabajo temático o por sector. El proyecto denominado “El Zapotillo” resalta como un caso reciente. 10 Sistema de Consulta para la Información Censal 2010 (scince), inegi. 11 CDHVD, Comunicación con Lorena Cruz del Inmujeres. 12 Tales como el Consejo Democrático Municipal de Cuquío que fue considerado una experiencia exitosa en 2001 ganando el premio al gobierno local (Álvarez, 2011). Según la Comisión Nacional del Agua (conagua, 2008) tiene como objetivo: Garantizar el suministro de agua potable durante los próximos treinta años a los Altos de Jalisco, a la Ciudad de León, Guanajuato y regular 500 Mm3 para la zcg (zona conurbada de Guadalajara), mediante el aprovechamiento de las aguas del Río Verde, contribuyendo a la sustentabilidad y recuperación de los acuíferos con los que actualmente se abastecen y que presentan abatimientos de hasta 3 m por año. Para construir esta presa se requiere de un embalse que inundará tres pueblos de Los Altos de Jalisco: Temacapulin, Acasico y Palmarejo, afectando a más de mil habitantes de los pueblos y destruyendo estas comunidades. Es necesario señalar que el Poder Legislativo de Jalisco interpuso una controversia constitucional (93/2012) y la Suprema Corte de Justicia (7 de agosto de 2013) declaró nulo el “Convenio de coordinación celebrado entre el Ejecutivo Federal y los Ejecutivos de los Estados de Guanajuato y Jalisco, para llevar a cabo un Programa Especial para los estudios, proyectos, construcción y operación del sistema presa El Zapotillo-Altos de JaliscoLeón Guanajuato” que establece que deben atenerse al proyecto original que contemplaba una altura de cortina de 80 metros, lo que impediría que se inundaran esos pueblos. El tema cobró especial relevancia, debido que en los medios de comunicación se ha dado un ultimátum a las comunidades para que desalojen, ya que es inminente su inundación. Incluso existe una Recomendación de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco en la que señalan diversas violaciones a derechos humanos de las comunidades afectadas por la presa (cedhj, 2009). Este caso se considera representativo ya que abarca, al menos, dos entidades de la investigación y coloca el tema del manejo sustentable del agua en la zona, así como la imposición de megaproyectos por el gobierno federal a comunidades que se resisten a ellos y se convierten en defensoras de sus propios derechos humanos. A finales de mayo, las comunidades afectadas ganaron tres amparos federales en donde se les concede la suspensión provisional de la presa hasta que no se resuelva el caso principal relativo a la altura de la cortina, lo que podría significar que no se inunden los pueblos. En el acompañamiento a las comunidades, la perspectiva del Instituto Mexicano de Desarrollo Comunitario (imdec) ha sido clave, ya que ha construido una acción que va más allá de la defensa jurídica y ha considerado el fortalecimiento organizativo de las comunidades. Laura Becerra (2011) ha señalado que la defensa comunitaria en el caso de El Zapotillo pone los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales a prueba en tanto exigibilidad y, además, promueve la participación ciudadana local con la formación del “Comité Salvemos Temacapulin” y el Colectivo de Abogados (coa), que se han sumado a la articulación nacional e internacional de movimientos afectados por las presas y en defensa del agua. Finalmente, en el recorrido de las entidades de la zona resalta también por su importancia estratégica San Luis Potosí, que tiene poco más de dos millones y medio de habitantes. En 2010 había cerca de millón y medio de personas en pobreza, lo que implica el 52% de la población total de la entidad; mientras que el 14.7% vive en pobreza extrema, lo que representa casi 400 mil habitantes. San Luis ocupa el lugar 19 en el listado de las entidades federativas según su población total y se encuentra en el lugar 23 según el idh del pnud. Es el séptimo estado en producción de oro13 a nivel nacional y tiene, como ya se ha dicho, notables conflictos sociales relacionados con la industria extractiva minera. Su ejemplo más claro de participación social y de resistencia es el de 13 inegi (2014).

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